CREDITO ICO COVID – 19

Las Líneas ICO COVID-19, se plantearon como una excelente opción para obtener financiamiento en tiempos de crisis, son líneas de financiación respaldadas por el prestigioso Instituto Oficial de Crédito (ICO). Estas líneas de crédito permiten a las pymes y autónomos obtener fondos a través de entidades de crédito, con el objetivo de mantener el empleo y contrarrestar los efectos económicos de la crisis sanitaria generada por la COVID-19.

Es importante destacar que, en caso de impago, el Estado asume la responsabilidad de hasta un máximo del 80% del capital del crédito, brindando una mayor seguridad a los beneficiarios.

No obstante, es importante tener en cuenta que algunas entidades financieras solicitaron avales adicionales a empresarios y autónomos como garantía para la devolución del crédito ICO COVID-19.

¿Quién puede reclamar?

Desde la declaración del primer Estado de Alarma, el Gobierno puso en marcha el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, aprobando una Línea de Avales del Estado de hasta 100.000 millones de euros para mitigar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19 en numerosas empresas.

En ese momento de incertidumbre, el ICO se comprometió a avalar hasta el 80% de los préstamos que cumplieran ciertos requisitos, con el fin de facilitar la liquidez. Como resultado, muchas entidades financieras concedieron financiación a las empresas a través de préstamos o pólizas de crédito, siempre condicionados a la obtención del aval del ICO.

En muchos casos, las entidades financieras exigieron que los socios o administradores de las empresas prestatarias actuaran como fiadores solidarios.

Sin embargo, una vez que el ICO otorgó el aval del 80%, las entidades financieras no redujeron la responsabilidad personal de los socios o administradores de las empresas prestatarias.

Según el Ministerio de Economía, hay 3.000 millones de euros impagados en préstamos sujetos al aval del ICO COVID-19, y otros 17.000 millones de euros están bajo vigilancia debido a posibles impagos.

Las entidades financieras están exigiendo a los avalistas de los préstamos impagados el pago del 100% del importe avalado, a pesar de que muchas pólizas tienen una redacción confusa que podría haber inducido a error a los avalistas.

Si usted es fiador solidario de una sociedad que ha suscrito una póliza de préstamo o de crédito sujeta al aval del ICO COVID-19, la cual ha resultado impagada o cree que será impagada en el futuro, JR ASOCIADOS, puede ayudarle a solicitar la nulidad de la fianza personal otorgada o su reducción en un 80%, siendo posible plantear una reclamación requiriendo que la responsabilidad del aval se limite al 20% del capital del préstamo, sin importar si la sociedad está en concurso.

Aunque la reclamación de nulidad de la fianza no suspende de inmediato el procedimiento ejecutivo de reclamación de los avales personales, en la mayoría de los casos puede contribuir a obtener una suspensión mientras se tramita el procedimiento.

En consecuencia, los fiadores solidarios de las empresas (Pymes y microempresas) que hayan obtenido financiación con el aval del ICO COVID-19 pueden reclamar sus derechos con el respaldo de JR ASOCIADOS.

¿Qué puede reclamar?

JR ASOCIADOS se encargará de la gestión integral de su reclamación. Podemos ayudarle a reclamar la nulidad del 100% de la fianza personal otorgada y, subsidiariamente, la reducción del aval en un 80%.

Si lo desea, también podemos encargarnos de la oposición al procedimiento ejecutivo iniciado por el banco contra los fiadores solidarios.

Los bancos que más demandas están recibiendo, son el Banco de Santander, BBVA, CaixaBank y Bankinter.

¿Todas las reclamaciones son viables?

Si constas como avalista o fiador en un crédito ICO COVID-19, la cláusula que te impone responder del capital íntegro del crédito podría ser abusiva, para ello es necesario realizar un análisis previo del proceso de suscripción del préstamo o póliza de crédito respaldada por el aval.



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